Caracterización del proceso sobre desalojo por conclusion de contrato de arrendamiento e incumplimiento de contrato en el expediente N° 00233-2013-0-3101-JP-CI-01 del primer Juzgado de Paz letrado de Sullana, distrito judicial de Sullana-Sullana, 2019
Abstract
La investigación tuvo como problema ¿Cuáles son las características del proceso concluido sobre Desalojo por conclusión de contrato de arrendamiento e incumplimiento de contrato en el expediente N° 00233-2013-0-3101-JP-CI-01, del Primer Juzgado de Paz Letrado de Sullana del Distrito Judicial de Sullana – Sullana, 2019?; El objetivo fue determinar las características del proceso concluido sobre Desalojo por conclusión de contrato de arrendamiento e incumplimiento de contrato en el expediente N° 00233-2013-0-3101-JP-CI-01, del Primer Juzgado de Paz Letrado de Sullana del Distrito Judicial de Sullana – Sullana. La investigación es de tipo, cuantitativo cualitativo, nivel exploratorio descriptivo, y diseño no experimental, retrospectivo y transversal. La unidad de análisis fue un expediente judicial, seleccionado mediante muestreo por conveniencia; para recolectar los datos se utilizaron las técnicas de la observación y el análisis de contenido; y como instrumento una guía de observación.
Los resultados revelaron las características fueron cumplimiento de plazos por parte de los justiciables, en cambio respecto de los operadores jurídicos parcialmente; las resoluciones evidencian claridad no existe inserción de términos complejos; existe congruencia de los puntos controvertidos con la posición de las partes; los elementos del debido proceso se materializaron en términos de garantías del derecho defensa, juez competente, aplicación del derecho correctamente; congruencia de los medios probatorios actuados para resolver los puntos controvertidos y las pretensiones planteadas; en cuanto a la calificación jurídica de los hechos, hubo apreciación respecto a los hechos en primera instancia, en segunda instancia se confirma la sentencia de primera instancia declarando infundada la apelación interpuesta