Caracterización del proceso judicial sobre acción de cumplimiento; expediente N° 04516-2017-0-1601-JR-CI-04; Cuarto Juzgado Civil de Trujillo, distrito judicial La Libertad; Perú. 2021
Abstract
La investigación tuvo como problema: ¿cuáles son las características del proceso sobre acción de cumplimiento; expediente N° 04516-2017-0-1601-JR-CI-04; Cuarto Juzgado Civil; Trujillo Distrito Judicial La Libertad; Perú. 2021? El objetivo fue determinar las características del proceso; es de tipo cuantitativa – cualitativa (Mixta); de nivel exploratoria y descriptiva; diseño no experimental, retrospectivo y transversal. La unidad de análisis es un expediente judicial, seleccionado mediante muestreo por conveniencia; para recolectar los datos se utilizó las técnicas de la observación y el análisis de contenido, y como instrumento una guía de observación. En base a los resultados las conclusiones son: En cuanto a plazos: en primera instancia; del juez, existió demora en la admisión de la demanda y la sentencia; del demandado: la contestación de la demanda, formulación de puntos controvertidos y apelación, fueron realizados dentro de plazo. En segunda instancia: del órgano revisor: la emisión de la sentencia de vista; estuvo dentro del plazo. En cuanto a la claridad en las resoluciones: el auto de calificación de la demanda y las dos sentencias; son claras y comprensibles; respectivamente. En cuanto a pertinencia de medios probatorios: fueron los: documentos (resoluciones y boletas de pago de la demandante) con los cuales se demostró pago devengado que generó los intereses legales, que el Juez valoró, Finalmente, respecto de la calificación jurídica de los hechos: la demandante fue servidora en el Hospital Belén de Trujillo, que pertenece a la Dirección Regional del Salud de la Libertad, y por Decreto de Urgencia N° 037-94 y los incrementos concedidos por los Decretos de Urgencia N° 090-96, N° 073-97 y N° 011-99, desde el 01 de julio de 1994 hasta el 22 de septiembre de 2014, le correspondía el pago de una bonificación, pero no le fueron pagados, por eso solicitó cumplimiento para el abono del monto adeudado más sus intereses legales, se planteó el proceso constitucional de acción de cumplimiento de acuerdo al art 66 del Código Procesal Constitucional.