Caracterización del proceso judicial sobre pensión alimenticia; expediente N° 00123-2017-0-1601-JP-FC-03; Tercer Juzgado de Paz Letrado - Trujillo- distrito judicial de La Libertad - Perú. 2020
Abstract
La investigación tuvo como problema: ¿Cuáles son las características del proceso judicial sobre pensión alimenticia en el expediente N° 00123-2017-0-1601-JP-FC-03; Tercer Juzgado de Paz Letrado, Trujillo - Distrito Judicial, de La Libertad - Perú. 2020? El objetivo fue determinar las características del proceso; es de tipo cuantitativa – cualitativa (Mixta); de nivel exploratoria y descriptiva; diseño no experimental, retrospectivo y transversal. La unidad de análisis es un expediente judicial, seleccionado mediante muestreo por conveniencia; para recolectar los datos se utilizó las técnicas de la observación y el análisis de contenido, y como instrumento una guía de observación. En base a los resultados las conclusiones son: En cuanto a plazos: en primera instancia; del juez, los actos de admisión de la demanda, audiencia de conciliación y expedición de la sentencia; del demandante: la subsanación de la demanda y presentación de los alegatos; y del demandado: subsanación de la contestación de la demanda, e interposición del recurso de apelación, fueron realizados dentro del plazo estipulado en la norma. En segunda instancia: del órgano revisor: la emisión de la sentencia de vista; fue dentro del plazo previsto en la norma. En cuanto a la, claridad en las resoluciones: el auto de calificación de la demanda, el acta de audiencia única y las dos sentencias; son claras y comprensibles; se encuentran con palabras sencillas lo que permite entender mejor su contenido. En cuanto a la pertinencia de medios probatorios: fueron los documentos presentados por la demandante (acta de matrimonio, acta de nacimiento de la menor) y por parte del demandado ( boleta de pago de su remuneración mensual, acta de conciliación del monto fijado para la manutención de su madre delicada de salud , boletas de compras en favor de la menor y documentos académicos de la demandante) Finalmente, respecto de la calificación jurídica de los hechos : en el año 2016 fruto de la relación matrimonial entre las partes nació la menor , la cual fue mantenida económicamente por la madre, motivo por el cual acudió a la justicia, interponiendo la una demanda de alimentos cuya pretensión fue el pago de una pensión alimenticia mensual y que el demandado médico de profesión cumpla con la obligación económica ante la cual ha sido renuente, asistiéndole con el 60% de su remuneración mensual en su condición de trabajador dependiente. De conformidad con el art. 92 y 93 del código del niño y del adolescente, es decir asistencia alimenticia, tramitado este proceso como proceso único de acuerdo al código del niño y del adolescente.