La relación que existe entre la ausencia de título y el título fenecido en el proceso de desalojo.
Abstract
La investigación, tuvo como problema general ¿Existe alguna relación entre título fenecido y ausencia de título?, El objetivo fue determinar las características de la ocupación precaria y posesión ilegitima, Es de tipo cuantitativa - cualitativa (mixta), nivel exploratorio descriptiva, y diseño no experimental, retrospectivo y transversal. La unidad de análisis fue un tema libre seleccionando por conveniencia, seleccionado mediante muestreo no probabilístico; para recolectar los datos se utilizaron las técnicas de las encuestas y el cuestionario de contenido; y como instrumento las jurisprudencias. Referentes a si existe alguna relación entre título fenecido y ausencia de título, el procedimiento de expulsión por ocupación inestable, según el artículo 911 del Código Civil, el artículo 585 y el artículo 586 el Código de Procedimiento Civil, los requisitos procesales son por falta de titularidad o por haber fallecido; por lo tanto, independientemente del demandante. En base mis resultados se formuló las siguientes conclusiones que, no existe relación entre ausencia de título y título fenecido en ocupación precaria. Si usted es el propietario, debe asegurarse de disfrutar plenamente de la propiedad secundaria. El precedente explicado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, el reclamante del desalojo puede ser el dueño, arrendador, administrador y cualquier otra persona que tenga derecho a solicitar la devolución del inmueble. es cierto para los componentes de los derechos de usufructuario, derechos prima facie, derechos de uso o residencia y otorgantes de posesión por gracia, generosidad o consentimiento tácito.