Ponderación del sicariato al homicidio calificado en el código penal peruano, Huánuco, 2024
Abstract
La presente investigación ha nacido del análisis de un problema en nuestro país, relacionado a la discrepancia de ambos delitos que conlleva la administración de justicia, por ello se investigó a nivel internacional, nacional y local, se planteó el enunciado del problema denominado ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos del sicariato al homicidio calificado en el Código Penal peruano?, tuvo como objetivo determinar la base legal del principio de razonabilidad y proporcionalidad que permita argumentar la ponderación del sicariato al homicidio calificado. Es de tipo, cuantitativo – básica, nivel explicativo y diseño no experimental. La población y muestra corresponde a todos los abogados calificados del Colegio de Abogados de Huánuco. Los resultados revelaron la precisión del cumplimiento de la norma del estudio del delito. Se concluyó que ambos tipos penales presentan similitud en su tipificación, tienen misma conducta delictiva. Ambos artículos definen el mismo delito, pero se diferencia en cuanto a la gravedad. El delito de homicidio calificado prescribe una pena de prisión de 15 a 35 años. En cambio, el delito de sicariato prescribe la pena de 25 años. La razón de esta discrepancia se debe al artículo 139 de la constitución política peruana, que establece que alguien debe estar sujeto a la ley más favorable cuando existan múltiples leyes penales vigentes. Así, el delito de sicariato seria innecesario puesto que el delito de homicidio calificado bajo la modalidad de lucro tiene una pena menor en comparación con el artículo 108-C. Hay muchas conductas delictivas que no están contempladas en la ley. Debido a esto, es imposible diferenciar entre diferentes tipos delictivos. Esto lleva a que el legislador no aplique dos principios clave al hacer leyes: Lex Certa y legalidad. Lex Certa exige que las leyes sean claras y precisas. Además, se deben diferenciar las distintas conductas delictivas de manera que quede claro qué rasgos pertenecen a cada una. Además de no cumplir con el objetivo de combatir el crimen, la incorporación del sicariato en los códigos penales no pudo lograr estos fines.