Calidad de la sentencias sobre divorcio por causal de separación de hecho ; Expediente N °02139-2019-0-0501-JR-FC-02; distrito judicial de Ayacucho. 2024
Abstract
En la presente investigación el problema es: ¿Cuál es la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre divorcio por causal de separación de hecho según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes expediente N° 02139-2019-0-0501- JR-FC-02, Distrito Judicial de Ayacucho – Huamanga. 2024?, el objetivo general es: Determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre divorcio por causal de separación de hecho; según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes expediente N° 02139-2019-00501-JP-FC-02; Distrito Judicial de Ayacucho – Huamanga. 2024; se trata de un estudio de nivel descriptivo; tipo cualitativo; diseño no experimental, retrospectivo y transversal; la base documental es un proceso judicial concluido; para el recojo de datos se aplicó las técnicas la observación y el análisis de contenido; el instrumento es una lista de cotejo. Los resultados revelan que la calidad de las partes expositiva, considerativa y resolutiva de la primera sentencia es: muy alta, alta, muy alta y de la sentencia de segunda instancia es: muy alta, muy alta, y muy alta. Se concluye que ambas sentencias son de nivel muy alta y muy alta; respectivamente. El petitorio de la demanda en la sentencia de primera instancia se declaró fundada; en consecuencia, se declaró disuelto el vínculo matrimonial entre los cónyuges, fenecido el régimen de sociedad de gananciales, fenecido la obligación alimenticia acordada en el anterior expediente a favor de la demandada, se fijó indemnización de daños y perjuicios de acuerdo al artículo 345- A del Código Civil, la suma de S/. 6. 000, 00 soles a favor de la demandada por ser la cónyuge más perjudicada. Asimismo, en la sentencia de vista se confirmó la sentencia declarando fundada la demanda de divorcio por separación de hecho, declarando disuelto el vínculo matrimonial, fenecido el régimen de sociedad, y fijando indemnización a la cónyuge más perjudicada con la separación de hecho el mismo monto y revoca declarándola improcedente la pretensión accesoria interpuesta por el demandante sobre el fenecimiento de la obligación alimenticia acordada en otro proceso independiente al del divorcio, por tramitarse en un proceso independiente.