Análisis del proceso civil sobre reivindicación; expediente n° 01375-2015-0-2501-JR-CI-02; distrito judicial del Santa. 2024
Abstract
El estudio tuvo como problema de investigación ¿Cuáles son los elementos que caracterizan
al proceso civil sobre reivindicación documentado en el expediente N° 01375-2015-0-2501-
JR-CI-02 procedente del Distrito Judicial Del Santa. 2024?; el objetivo general es: Establecer
los elementos que caracterizan al proceso civil sobre reivindicación en el proceso
examinado; es un estudio de nivel descriptivo; tipo cualitativo; no experimental y transversal,
se aplicó las técnicas de la observación y el análisis de contenido; el instrumento es una:
guía de observación. Se concluye que: 1) los hechos comprenden a un propietario que no
posee el bien de su propiedad y una demandada que no siendo propietario posee el bien sub
litis; 2) la pretensión principal del accionante es la restitución de su propiedad; 3) los puntos
controvertidos son: determinar si al demandante le corresponde la restitución del bien;
determinar si el inmueble se encuentra en posesión de la demandada y si al demandante le
corresponde declarar propietario de las edificaciones; 4) los medios probatorios valoradas
son documentales, especialmente la Partida Registral N° P09035438 cuyo asiento N° 0006
indica que la propiedad se adquirió por prescripción adquisitiva; 5) la decisión en primera
instancia fue declarar fundada la reivindicación y se sustenta en la valoración conjunta de los
medios probatorios, el derecho de reivindicación que le asiste a un propietario, el principio de
publicidad registral, la jurisprudencia uniforme sobre la reivindicación; 6) la apelación la
interpuso la demandada y su pretensión fue la revocatoria de la sentencia; y 7) la decisión en
segunda instancia fue confirmar la sentencia de primera instancia, y se sustenta en: el valor
probatorio de la Partida Registral N° P09035438 cuyos asientos N° 0006 señala que la
propiedad del bien inmueble es el demandante, y el N° 0011 indica la inscripción de una
declaración de fábrica que comprende las edificaciones hechas en el inmueble sub litis; que
al margen de la rebeldía lo que sustenta la propiedad del accionante es la partida registral
que sigue vigente y no ha sido anulada, que no existe indefensión de la demandada; porque,
todas las notificaciones fueron entregadas en el domicilio que ella declaró en el centro de
conciliación y la reniec; y la pretensión de declaración de propiedad de las edificaciones se
declaró improcedente; porque, ya se encuentra registrada.