Caracterización sobre proceso de conocimiento sobre nulidad de acto jurídico, Expediente N° 00045-2013-0-2403-JM.CI-01, Distrito Judicial de Ucayali. Mayo 2025
Abstract
El objetivo de la investigación es: Describir los elementos que caracterizan el proceso de conocimiento sobre nulidad de acto jurídico en el expediente N° 00045-2013-0-2403-JM.CI01, Distrito Judicial de Ucayali. Mayo 2025; es de nivel descriptivo; de tipo cualitativo; no experimental y transversal; la fuente de recolección de la información es: un proceso judicial concluido, seleccionado mediante método no aleatoria por conveniencia; las técnicas empleadas son: la observación y el análisis de contenido; el instrumento la guía de observación. La conclusiones fueron: a) se identificó claramente los hechos que sustentan la pretensión en la demanda, planteada para proteger el derecho a la propiedad que se le fue conferido por sucesión intestada, b) Si identificó los hechos probados, por lo tanto los medios probatorios presentados fueron de tipo documental que acreditaba la obtención del bien inmueble a raíz de la sucesión intestada, c) se idéntico los fundamentos facticos y jurídicos en la sentencia de primera instancia, el juez realizo una valoración conjunta e interpreto las normas para establecer la existencia y protección del derecho a la propiedad y que esta había sido por mala fe, dando la razón a la demandante, d) Se identifico los fundamentos de la pretensión recursal, en dicha controversia el procurado en representación de COFOPRI bajo el principio de pluralidad de instancias interpuso el recurso de apelación alegando la afectación del debido procesos y la tutela derecho, finalmente, e) se identificó los fundamentos que sustentó la decisión en segunda instancia, el juez reexamina la sentencia en el margen de las aseveraciones realizada por COFOPRI, bajo de motivación fundamenta la decisión en base a la normas establecidas sobre el derecho a la propiedad, lo sustenta a través de la jurisprudencia y la doctrina otorgándole la razón a la demandante.