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dc.contributor.advisorMuñoz Rosas, Dionee Loayza
dc.contributor.authorVela Vicente, Milagros Lucero
dc.date.accessioned2026-01-27T22:16:43Z
dc.date.available2026-01-27T22:16:43Z
dc.date.issued2026-01-27
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.13032/43116
dc.description.abstractEl objetivo de la presente investigación es: describir los elementos que caracterizan el reconocimiento de la tenencia de menor en la sentencia casatoria N.º 3475-2021-Huaura, emitida por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema del Perú. Mayo de 2025. El estudio es de tipo cualitativo, de nivel descriptivo, con diseño no experimental y de corte transversal; la fuente de recolección de información una sentencia casatoria civil, seleccionada mediante muestreo por conveniencia; las técnicas de observación y análisis de contenido, utilizando como instrumento una guía de observación. De acuerdo con los resultados, se concluye lo siguiente: 1) En relación con los hechos que dieron origen a la sentencia casatoria, se identificó que el conflicto judicial surgió debido al desacuerdo entre los progenitores respecto a la tenencia del menor, agravado por una convivencia interrumpida de hecho y la ausencia de un reconocimiento judicial expreso de dicha tenencia. 2) En cuanto a las decisiones adoptadas por las judicaturas de primera y segunda instancia, se evidenció una deficiente determinación jurídica, ya que, en lugar de establecer claramente la tenencia, se optó por imponer un régimen de visitas ampliado que permitía al padre tener al menor todos los martes desde las 9:00 a.m. hasta el jueves a las 4:00 p.m., sin justificación técnica ni garantías para la estabilidad emocional del niño. Asimismo, se observó una aplicación inadecuada del principio del interés superior del niño, al no valorarse adecuadamente los informes sociales ni las condiciones reales del entorno familiar, omitiendo aspectos clave como el derecho del menor a la educación y las complicaciones derivadas de los traslados constantes entre ciudades. 3) Respecto a la pretensión recursal y los fundamentos expuestos en el recurso de casación, se verificó que la Corte Suprema corrigió las deficiencias señaladas, diferenciando con claridad la tenencia del régimen de visitas, y dejando establecido que un régimen extendido no puede sustituir jurídicamente la figura de la tenencia. 4) En cuanto a los fundamentos fácticos y jurídicos expuestos en la sentencia casatoria en estudio, se destacó la aplicación del principio del interés superior del niño como parámetro interpretativo y de decisión, exigiendo una motivación suficiente basada en los hechos concretos del caso. 5) Finalmente, la decisión adoptada por la Sala Suprema fue establecer un régimen de visitas más equilibrado, consistente en visitas con externamiento el segundo y cuarto fin de semana de cada mes (desde el sábado a las 9:00 a.m. hasta el domingo a las 6:00 p.m.) y visitas sin externamiento los días martes y jueves, de 5:00 p.m. a 8:00 p.m., priorizando el desarrollo integral del menor y su derecho a la educación. Como conclusiones, se establece, primero, que los hechos que originaron el proceso reflejan la falta de reconocimiento judicial oportuno de la tenencia, lo cual generó conflicto familiar. Segundo, las resoluciones previas evidenciaron errores técnicos al permitir un régimen de visitas que, en la práctica, equivalía a una custodia compartida encubierta. Tercero, la pretensión recursal permitió advertir la ausencia de una adecuada motivación judicial basada en el interés superior del niño. Cuarto, la sentencia casatoria delimitó claramente los conceptos jurídicos involucrados y corrigió las omisiones de las instancias inferiores. Finalmente, se concluye que uniformar los criterios jurisprudenciales y motivar correctamente las resoluciones judiciales es fundamental para garantizar la protección integral del menor.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Católica Los Ángeles de Chimbotees_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es_ES
dc.subjectInterés Superior del Niñoes_ES
dc.subjectTenenciaes_ES
dc.subjectRégimen de Visitases_ES
dc.titleReconocimiento de tenencia de menor; sentencia casatoria Nº 3475-2021-Huaura; Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema del Perú. mayo 2025es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadaes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Católica Los Ángeles de Chimbote. Facultad de Humanidades, Ciencias y Saludes_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
datauladech.filialAyacuchoes_ES
renati.author.dni76452368
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-9773-1322es_ES
renati.advisor.dni32812225
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_ES
renati.discipline421016es_ES
renati.jurorZamudio Ojeda, Teresa Esperanza
renati.jurorCheca Fernandez, Hilton Arturo
renati.jurorMarquez Galarza, Isabel Dafne Dalila
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_ES


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