La colusión agravada y prueba de la defraudación patrimonial; en la sentencia casatoria N° 68-2023-Lambayeque, expedida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Perú. Mayo 2025
Abstract
La investigación tuvo como objetivo general: Describir los elementos que caracterizan a la colusión agravada y la prueba de la defraudación patrimonial aplicada en la sentencia casatoria N° 68-2023; expedida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Perú ; en cuanto a la metodología es de tipo cualitativo; nivel exploratorio descriptivo, y diseño no experimental, retrospectivo y transversal. La unidad de análisis fue una sentencia Casatoria, seleccionado mediante muestreo por conveniencia; para recolectar los datos se utilizaron las técnicas de la observación y el análisis de contenido; y como instrumento una guía de observación. Las conclusiones son: 1) Los hechos originarios que comprende a la sentencia casatoria, es el delito de colusión agravada en agravio de la Municipalidad Distrital de Bolívar, que consistió en defraudar al estado a través de una licitación que fue concedida sin cumplir los requisitos para lo cual se coludieron el alcalde y sus funcionarios 2) El Ministerio Público al acusar solicitó: 7 años de PPL. Para los autores (6) y 6 años de PPL para los cómplices (2) la restitución de S/ 1 165 378.17 y una indemnización de S/ 100,000.00, en forma solidaria. y ante la Corte Suprema solicitó: que se declare infundada el recurso de casación y se confirme la sentencia de vista quién apeló dicha sentencia fue 1 de los condenados como cómplice; pero, se confirmó en segunda instancia. 4) El apelante y los demás condenados recurrieron en casación; pero, solo el del apelante y luego casa sionista fue admitido por la Sala Suprema, de acuerdo al inciso 3 del artículo 429 del CPP y el objeto del pronunciamiento quedó establecido en: si la pericia es la única prueba que acredita suficientemente el perjuicio patrimonial estatal en el delito de colusión agravada. 5) Los fundamentos que justifican la existencia de la colusión agravada son la suficiencia probatoria y la defraudación a través de cartas fianzas emitidas por una institución no registrada, y las pruebas con lo cual se demostró la defraudación patrimonial son: colusión agravada exige que la concertación con los interesados importe una defraudación patrimonial al Estado y La suficiencia probatoria de este elemento valorativo dependerá de la casuística, es decir, de las particularidades de cada caso.6) Por ello la decisión fue: declarar infundada la casación, debiendo el casacionista cumplir la condena impuesta; e impusieron el pago de las costas procesales, leer la sentencia en audiencia pública en otras disposiciones.
