Análisis de la imputación y la condena al extraneus en negociación incompatible en sentencias casatorias Nro 1523-2021/Áncash, casación Nro 1895-2019/ Selva Central y casación Nro 1584-2021/Callao
Abstract
La presente investigación tuvo como objetivo general analizar la imputación
atribuida y la condena aplicada al extraneus en el delito de negociación incompatible,
según las sentencias casatorias Nro 1523-2021/Áncash, Nro 1895-2019/Selva Central y
Nro 1584-2021/Callao. La metodología fue de enfoque cualitativo de nivel descriptivo
con una finalidad básica y un diseño no experimental y transversal. La unidad de análisis
estuvo conformada por una muestra documental de tres ejecutorias supremas con calidad
de cosa juzgada, utilizando como técnica el análisis documental y la observación
mediante una guía de observación categorizada. De acuerdo a los resultados las
conclusiones son: 1. La Corte Suprema en las sentencias casatorias analizadas
coincidieron al reconocer que el extraneus (particular), puede responder penalmente por
un delito especial propio, cuando este conjuntamente participa con el servidor o
funcionario público. 2. La Corte Suprema para determinar la responsabilidad penal del
extraneus adoptó criterios jurisprudencial, criterios normativos y criterios doctrinarios. 3.
Si bien es cierto en las casaciones analizadas la Corte Suprema mantiene una posición
uniformar al admitir que el extraneus tiene responsabilidad penal en el delito de
negociación incompatible, existen distintos fundamentos utilizados para justificar dicha
imputación. 4. La línea jurisprudencial establecidas en las tres casaciones analizadas tiene
como consecuencia la punibilidad efectiva del particular (extraneus), ello mediante penas
privativas de libertas, reparación civil e inhabilitación, que fueron impuestas a título de
complicidad, lo que amplía el circulo de responsables en los delitos de funcionarios
públicos.
