Caracterización del proceso penal por robo agravado; Expediente N° 01793-2022-20-2402-JR-PE-01; Distrito Judicial de Ucayali. Mayo 2025
Abstract
El objetivo en la presente investigación es: Conocer los elementos que caracterizan el proceso penal por robo agravado en el expediente N° 01793-2022-20-2402-JR-PE-01, del Distrito Judicial de Ucayali. Mayo 2025; es de nivel descriptivo; de tipo cualitativo; no experimental y transversal; la fuente de recolección de la información es: El presente trabajo de investigación está representado por un proceso concluido por sentencias condenatorias, conducta sancionada delito, comprende a personas adultas, no comprende a la autora, ni a parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad ni segundo grado por afinidad. La unidad de análisis en esta investigación estuvo conformada por dos sentencias de primera y segunda instancia, ambas provienen de un solo proceso judicial, seleccionado mediante método no aleatoria denominado método por conveniencia; las técnicas empleadas son: la observación y el análisis de contenido; el instrumento es una: guía de observación. De acuerdo a los resultados en relación con el primer objetivo, se pudo determinar que los acusados ingresaron a la vivienda utilizando violencia, amenaza y portando un arma de fuego, estos actos sirvieron de base para la tipificación del delito de robo agravado; Con respecto al segundo objetivo, los hechos demostró que los acusados ingresaron al local comercial utilizando violencia y amenaza, la declaración de los agraviados y los testigos fueron clave para reconocer que los imputados participaron en el hecho delictivo ; En cuanto al tercer objetivo, los acusados fueron sentenciados a 12 años de pena privativa de la libertad efectiva. Los jueces analizaron los hechos, las pruebas testimoniales, documentales, la gravedad del delito y circunstancias atenuantes fueron clave para imponer la pena y finalmente, con respecto al cuarto objetivo, la reparación civil fue de cinco mil soles, se siguió lo establecido en el acuerdo plenario 6-2006/CJ-116. La aplicación de esta jurisprudencia garantizó que la decisión fuera coherente y se pueda resarcir el daño patrimonial que es la suma de cuatro mil soles y mil soles por el daño no patrimonial que es el daño psicológico y psíquico del que fueron victima los agraviados.