La interpretación errónea del artículo 122-B del código penal y transgresión al acuerdo plenario N° 002-2016/CJ-116, según la sentencia casatorio N° 2795-2023/la Libertad, Sala Penal Permanente. Marzo 2024
Abstract
La investigación tiene como objetivo describir los elementos que caracterizan a la
interpretación errónea del artículo 122-B del código penal y la transgresión al acuerdo
plenario N° 002-2016/CJ-116, según la sentencia casatoria N° 2795-2023/La Libertad,
expedida por la Sala Penal permanente. marzo 2024; su nivel es descriptivo, su finalidad
es básica, de enfoque cualitativo y diseño no experimental y transversal; la unidad de
análisis es una sentencia casatoria, las técnicas empleadas son la observación y el
análisis documental y el instrumento una guía de observación. De acuerdo a los
resultados las conclusiones son: 1) La Corte Suprema reafirmó la correcta y garantista
aplicación del artículo 122-B, 2) La acusación surgió por violencia familiar y pericia
que evidenció afectación, 3) La primera instancia valoró integralmente las pruebas y
estableció responsabilidad penal, 4) La segunda instancia absolvió, pero mantuvo
interpretación amplia del artículo 122-B, 5) El Ministerio Público buscó corregir la
interpretación restrictiva y proteger a la víctima, 6) La Sala Superior interpretó
erróneamente el artículo 122-B, debilitando la tutela judicial, 7) Los fundamentos
fácticos confirmaron violencia psicológica comprobada mediante pericia psicológica, y
8) La Corte Suprema corrigió el error y restableció la condena con reparación civil.
